Notificación por Avisos C-3967-2023
Extracto
4° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO, en causa ROL C-3967-2023, RUC 23-2-3713684-5, caratulada VILLARROEL/VERGARA, demandante doña YISSETT MACARENA VILLARROEL RIVEROS, C.I N°16.378.857-8, representante legal de la niña de autos, ISIDORA ANTONIA VERGARA VILLARROEL, C.I 23.444.818-8, ambas domiciliadas en Las Carpas Nº 2178, Comuna de Peñalolén, Región Metropolitana. Con fecha 04 de mayo de 2023 se tiene por admitida a tramitación demanda de alimentos menores, traslado: se cita las partes y a sus apoderados a audiencia preparatoria que se celebrará el día 8 de junio de 2023 a las 10:00 horas y que se desarrollará en remota en sala virtual creada por este tribunal, por medio de la plataforma ZOOM.La audiencia se realizará con la parte que asista afectándole a la que no concurra todo lo que en ella se dicte, sin necesidad de ulterior notificación. Si una o ambas partes no cuenta con accesibilidad técnica para conectarse a la audiencia remota, deberán hacerlo presente con 5 días de antelación al día de citación y comparecer al menos 30 minutos antes de la audiencia al tribunal ubicado en General Mackenna 1477, Piso 6, Santiago, pudiendo ingresar sólo las partes citadas a audiencia donde se le proporcionarán los medios para la conexión. En la audiencia preparatoria deberán ofrecer todos los medios de prueba que harán valer en el juicio, se apercibe al demandado a notificar cualquier cambio de domicilio y deberá acompañar las liquidaciones de sueldo, copia de la declaración de impuesto a la renta del año precedente y de las últimas seis boletas de honorarios emitidas, en su caso, y demás antecedentes que sirvan para determinar su patrimonio y capacidad económica. Se hace presente que conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley N° 19.968, en el evento que el demandado conteste y/o demande reconvencionalmente, deberá hacerlo por escrito con al menos cinco días de anticipación a la fecha de la audiencia decretada. En el caso que la demanda reconvencional corresponda a materias mediables, deberá acompañar certificado del procedimiento de mediación frustrado en virtud a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N° 19.968, bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda. En todo caso, el demandado deberá comparecer patrocinado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y representado por persona legalmente habilitada para actuar en juicio. De no contar con medios suficientes, deberá concurrir a la Corporación de Asistencia Judicial de su comuna; Clínica Jurídica de la Universidad u otro servicio de asistencia legal gratuito. Sirva la presente resolución como atento y suficiente oficio remisor.
Se decretaron como alimentos provisorios en favor de la niña ISIDORA ANTONIA VERGARA VILLARROEL, el 40% de un ingreso mínimo mensual remuneracional, equivalente a 2,6 UTM, que ascienden al día de hoy a la suma de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL PESOS ($164.000) la que deberá ser pagada por el demandado don JUAN ANTONIO VERGARA CONSTANZO, dentro de los primeros cinco días de cada mes a contar del mes siguiente a su notificación. Se hace presente que el demandado tiene un plazo de cinco días para presentar su oposición a los alimentos provisorios regulados, desde su notificación, en virtud a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°14.908.
Con fecha 23 de febrero 2024 se fijó la celebración de la audiencia preparatoria para el día 2 de mayo de 2024 a las 11:00 horas. En virtud de lo dispuesto en el artículo 60 bis de la ley 19.968, desde ya se autoriza la comparecencia remota de las partes y sus apoderados, mediante plataforma Zoom, debiendo acceder a las audiencias virtuales desde el link: https://www.4juzgadofamiliasantiago.cl/.
Con fecha 04 de marzo de 2024 se resuelve: Notifíquese a don JUAN ANTONIO VERGARA CONSTANZO, demandado, N° 15.468.028-4, con domicilio desconocido, la demanda, su proveído y la presente resolución mediante la publicación de extracto en tres oportunidades en un diario de circulación nacional, y siendo esta la primera notificación, en una oportunidad en el Diario Oficial; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil.
- ID del Aviso: 9428
- Fecha de Publicación: 27/03/2024