Notificación por Avisos C-3657-1982
EXTRACTO NOTIFICACIÓN POR AVISOS
Undécimo Juzgado Civil de Santiago, ROL No C-3657-1982, caratulado “FINTESA S.A./CASTILLO” se ordenó con fecha 23 de mayo de 2024, notificar por aviso extractado todo lo obrado en autos a la demandante “FINTESA S.A.” de domicilio desconocido. Santiago, veintinueve de Junio de dos mil veintitrés Proveyendo escrito de fecha 15/06/2023: A lo principal: como se pide certifíquese lo que corresponda por la secretaria del tribunal; Al primer otrosí: téngase presente; Al segundo otrosí: téngase presente el patrocinio y poder; Al tercer otrosí: por acompañados los documentos, con citación; Al cuarto otrosí: se resolverá. Santiago, tres de Julio de dos mil veintitrés Certifico que buscada la presente causa en dependencias del tribunal, no ha sido habida, por lo que se encuentra extraviada. Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintitrés A la presentación 20 de julio 2023: No ha lugar, notifíquese conforme lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil. En Santiago, a veintiocho de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Santiago, doce de septiembre de dos mil veintitrés A la presentación 07 de septiembre 2023: No ha lugar, estese al mérito de lo resuelto en folio 8. A la presentación 08 de septiembre 2023: A lo principal: Téngase presente. Al primer otrosí: Se resolverá. Al segundo otrosí: No existiendo antecedentes que den cuenta de la no existencia de la ejecutante en autos, no ha lugar por ahora, solicítese lo que en derecho corresponda. Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés A la presentación 16 de noviembre de 2023: A lo principal: No habiéndose solicitado oficios a las instituciones pertinentes que den cuenta de la existencia de domicilios del ejecutante, no ha lugar por ahora, solicítese lo que en derecho corresponda. Al otrosí: Téngase por acompañados los documentos, con citación. Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veintitrés A la presentación 30 de noviembre de 2023: Como se pide, se informa a la demandante que, revisado el sistema computacional, en uso del convenio de colaboración existente con la Tesorería General de la República, ésta registra el siguiente domicilio: Santiago, ocho de febrero de dos mil veinticuatro A la presentación 31 de enero de 2024: Como se pide, exhórtese al Juzgado de Letras en lo Civil de Los Andes, a fin de notificar al ejecutado conforme lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil. Se recuerda al solicitante que la carta rogatoria estará ingresada en el Tribunal exhortado el día hábil siguiente al dictado de la presente resolución, debido al sistema de interconexión existente entre los distintos Tribunales con competencia civil del país. Santiago, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro Al folio 0: Téngase por recibido el exhorto rol N°E-149-2024, remitido el 19 de abril del año en curso por el 1° Juzgado de Letras de Los Andes, con resultado negativo. A sus antecedentes Los Andes, veintiocho de Marzo de dos mil veinticuatro A la presentación de 27 de marzo de 2024, a folio 3: Como se pide, por el término de 30 días corridos, bajo apercibimiento de devolverlo al Tribunal de origen si el exhorto no presenta movimientos durante el plazo se alado. Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro Resolviendo presentación pendiente en el folio 10: A lo principal: Como se pide, téngase por no presentado el escrito de folio 9. Al primer otrosí: Téngase por interpuesto incidente de abandono del procedimiento, traslado. Atendido al tiempo transcurrido notifíquese conforme lo dispone el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil. Al segundo otrosí: estese al mérito de autos. A la presentación 12 de mayo de 2024: Atendido el mérito del proceso, como se pide, practíquese la notificación al demandante de autos, conforme el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres avisos en periódico de circulación nacional, sea físico o electrónico, debiendo realizarse por publicación de un extracto de todo lo obrado en estos autos atendido al tiempo transcurrido conforme lo dispone el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, incluyéndose además y por economía procesal la presente resolución que confiere el traslado del incidente de abandono del procedimiento.
- ID del Aviso: 10253
- Fecha de Publicación: 07/06/2024