Notificación Por Avisos C-13.772-2023
Notificación 9º Juzgado Civil de Santiago de Santiago, Rol C-13.772-2023, caratulado “Lobato Con Núñez”, por resolución de fecha 20 de mayo de 2024, se ha ordenado notificar por avisos demanda, contra de MONICA ISABEL NUÑUZ GONZÁLEZ, soltera, estudiante, cédula de identidad Nº 24.600.688-1, domiciliada en Av. Apoquindo N° 7850, Depto. Nº 1502, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Que, soy dueño de un pagaré a la vista, suscrito a mi favor, mediante escritura pública, ante el Notario don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, con fecha 23 de enero de 2023, por la suma total de $15.000.000 (Quince millones de pesos), según da cuenta el pagaré en original que se acompaña en un otrosí. Consta en el pagaré que se acompaña, que la firma del suscriptor fue autorizada ante el Notario Público don Andrés Rieutord Alvarado, con fecha 23 de enero del 2023, por lo que dicho documento tiene mérito ejecutivo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 434 N°4 del Código de Procedimiento Civil. Es del caso señalar a S.S., que la deudora doña MONICA ISABEL NUÑEZ GONZÁLEZ, se obligó a pagarme la suma única y total de $15.000.000 (Quince millones de pesos), a la vista y a la orden. La deuda antes indicada devengará un interés anual de dos por ciento a partir de la fecha de suscripción del pagaré. El deudor no ha dado cumplimiento a la obligación contraída, por lo que se encuentra impaga la totalidad de la deuda, esto es, la cantidad de $15.000.000 (Quince millones de pesos). La obligación es líquida, consta en un título ejecutivo, es actualmente exigible, y no está prescrita, razón por lo cual vengo en demandar ejecutivamente el pago de la obligación vencida que comprende el capital adeudado, el máximo de interés legal vigente al encontrarse en mora el deudor y tal como fue establecido en el pagaré, más reajustes, intereses y costas. Pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de MONICA ISABEL NUÑUZ GONZÁLEZ, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embargo por $15.000.000 (Quince millones de pesos), más interés y costas. 1º Otrosí: Señala bienes para la traba del embargo y depositario; 2º Otrosí: Acompaña documentos y solicita su custodia; 3º Otrosí: Patrocinio y poder. El 18 de agosto de 2023. Se provee “a lo principal, despáchese. Al primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, por acompañados en forma legal. Sin perjuicio de lo anterior, hágase entrega de los documentos cuyo formato original no sea electrónico presencialmente al tribunal de lunes a viernes de 9:00 a 12:00 horas. Al tercer otrosí, téngase presente. En el cuaderno de apremio, con fecha 18 de agosto de 2023, se provee “mandamiento”, “Un ministro de fe requerirá de pago a MONICA ISABEL NUÑEZ GONZÁLEZ para que en el acto de la intimación pague a PABLO ANDRES LOBATO SOTO o a quien sus derechos representen, la suma de $15.000.000.- (Quince millones de pesos), más reajustes, intereses y costas. Si no efectuare el pago, trábese embargo sobre bienes suficientes del ejecutado para cubrir la deuda con sus reajustes, intereses y costas, designándosele depositario provisional de los que se embarguen, bajo su á responsabilidad legal”. Lo que notifico a doña MÓNICA ISABEL NÚÑEZ GONZÁLEZ, para todos los efectos legales. La Secretaria.
- ID del Aviso: 13952
- Fecha de Publicación: 04/02/2025